ENTRA EN VIGENCIA LEY QUE FIJA NORMAS SOBRE INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN Y PRESTACIONES EN MATERIA DE REGULACIÓN DE LA FERTILIDADJueves 28 de enero de 2010. | Este jueves 28 de enero entró en vigencia la ley Nº 20.418 que fija normas sobre Información, Orientación y Prestaciones en materia de Regulación de la Fertilidad, que fuera promulgada por la Presidenta de la República, Michelle Bachelet Jeria, el pasado 18 de enero. |
Este nuevo cuerpo legal, que hoy fue publicado en el Diario Oficial, incluye la entrega de la “píldora del día después” o anticoncepción de emergencia en los consultorios y la educación sexual en las escuelas, colegios y liceos del país.
Contenidos fundamentales de la ley 1. Reconoce el derecho a recibir educación, información/orientación para la regulación de la fertilidad que permita decidir sobre los diversos métodos. Dicha información debe proporcionarse en forma clara; completa y, en su caso, confidencial y permitir prevenir el embarazo precoz, las infecciones de transmisión sexual y la violencia sexual y sus consecuencias. 2. Reconoce el derecho a elegir y a acceder a los métodos de regulación de la fertilidad femenina y masculina. 3. Establece el deber de los órganos de la Administración del Estado competentes en la materia, de adoptar las medidas que garanticen el ejercicio de dichos derechos. Deberán, además, poner a disposición de la población los métodos anticonceptivos, tanto hormonales – incluidos los de emergencia- como no hormonales (naturales y artificiales). Otros aspectos destacables En su artículo 2º, la ley 20.418 señala “Toda persona tiene derecho a elegir libremente, sin coacción de ninguna clase y de acuerdo a sus creencias o formación, los métodos de regulación de la fertilidad femenina y masculina, que cuente con la debida autorización y, del mismo modo, acceder efectivamente a ellos, en la forma señalada en el artículo 4º. Sin embargo, en aquellos casos en que el método anticonceptivo de emergencia sea solicitado por una persona menor de 14 años, el funcionario o facultativo que corresponda, sea del sistema público o privado de salud, procederá a la entrega de dicho medicamento, debiendo informar, posteriormente, al padre o madre de la menor o al adulto responsable que la menor señale”. Ministra del Sernam La ministra del Servicio Nacional de la Mujer, Carmen Andrade Lara, dio a conocer su satisfacción por la promulgación de este nuevo cuerpo legal y manifestó que “es un avance más en los derechos de las mujeres chilenas, respeta las convicciones y creencias de cada cual pero establece el derecho de todas las personas a elegir el método anticonceptivo que quieran usar, a tener información y también, una cosa muy importante, establece la obligatoriedad para que en todos los colegios de enseñanza media existan programas de educación sexual y nos parece que ese es un gran avance que nos va a permitir enfrentar temas tales como el embarazo adolescente”. Igualmente, expresó que “frente a un posible embarazo producto de una agresión sexual, la anticoncepción representa no sólo la posibilidad de decidir, sino también la posibilidad de mitigar, en parte, el daño sufrido”. Es necesario recordar que desde 1967 se impulsan políticas de salud en materia de fertilidad que han permitido que muchas mujeres lograran mayores niveles de escolaridad y una creciente participación laboral. Dichas políticas permitieron también reducir las tasas de mortalidad materna e infantil, una progresiva superación de la pobreza femenina y, en definitiva, que las mujeres alcanzaran mayores niveles de autonomía e independencia. DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER 549 61 54- 549 62 85 - 549 61 57
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